Sunat podrá disponer el remate, adjudicación, destrucción o entrega al sector competente de las mercancías que hayan ingresado a sus almacenes o a los almacenes aduaneros hasta el 31 de agosto del 2011 que se encuentren en abandono, incautadas o comisadas, incluidas las provenientes de la minería ilegal.
Así lo ha dispuesto la Resolución de Superintendencia Nº 101-2012/SUNAT publicada en el diario oficial El Peruano el 15 de mayo del 2012 que aprueba disposiciones para la aplicación de la Octava Disposición Complementaria Transitoria del D. Leg Nº 1104 que faculta a Sunat a disponer de manera expeditiva las mercancías que se encuentren bajo su custodia.

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