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viernes, 18 de mayo de 2012

PRECEDENTE DE SERVIR : PROCEDIMIENTOS DISCIPLINARIOS DEBEN PERMITIR PRESENTACIÓN DE DESCARGOS PARA GARANTIZAR DERECHO DE DEFENSA

La Sala Plena del Tribunal del Servicio Civil ha considerado que todo procedimiento disciplinario debe implicar la oportunidad de presentación de descargos en un plazo razonable y de forma previa a la aplicación de la sanción, para garantizar el derecho de defensa y el derecho al debido procedimiento del administrado sometido a la potestad disciplinaria de su empleador.

Así lo ha dispuesto la Resolución de Sala Plena Nº 001-2012-SERVIR/TSC, publicada el viernes 18 de mayo que establece los siguientes argumentos como precedentes administrativos de observancia obligatoria.

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