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martes, 7 de septiembre de 2010

Ministro de Justicia descarta que D. Leg. 1097 beneficie a violadores de derechos humanos

El Poder Ejecutivo actuó en concordancia con la Constitución y las normas internacionales de protección de los derechos humanos al emitir un grupo de decretos legislativos en el marco de la delegación de facultades, aseguró el ministro de Justicia, Víctor García Toma.


García Toma descartó en ese sentido que el Decreto Legislativo 1097 vaya a beneficiar a los miembros del grupo paramilitar Colina, al ex presidente Alberto Fujimori o a cualquier otro personaje responsable de violaciones de los derechos humanos.
El ministro confirmó que el Poder Ejecutivo remitió al Congreso la exposición de motivos de los decretos legislativos, a través de la cual se explican con claridad los alcances de las mencionadas normas.
“Esta exposición de motivos es una herramienta valiosa para acreditar que el Poder Ejecutivo actuó dentro del marco de la delegación de facultades y en armonía con el mandato constitucional y las normas internacionales sobre protección de derechos humanos”, indicó.
De esta manera, el titular de la cartera de Justicia dio por superado las diferencias de opinión con el Ministerio de Defensa -que había enviado al Congreso la exposición de motivos del DL 1097 sin previa coordinación con su cartera- y negó que vaya a presentar su renuncia al cargo.
“Ese es un tema superado, y estamos ahora en una etapa de explicar las razones que nos llevan a considerar que este es un texto que puede ser una herramienta útil en defensa cabal de los derechos humanos”, añadió.
Refirió que por disposición del presidente de la República, Alan García y del presidente del Consejo de ministros, Javier Velásquez Quesquén, todos los ministros involucrados en el DL 1097 dieron por agotada la controversia, y expresaron su satisfacción con la decisión adoptada de remitir el texto de la exposición de motivos”.

Asimismo, señaló que el DL 1097 no se aplica para el ex presidente Alberto Fujimori, los miembros del grupo Colina, y el ex jefe del servicio de inteligencia, Vladimiro Montesinos,  que intentaron acogerse al beneficio del sobreseimiento.
“El sobreseimiento solo procede para aquellos militares y policías que tengan procesos en etapa de instrucción. En el caso de todos los miembros del grupo Colina, ellos se encuentran en la fase del juicio oral, en consecuencia no pueden acogerse a los mandatos contenidos en ese Decreto Legislativo 1097”, sostuvo.
Asimismo, indicó que tampoco se aplica para Vladimiro Montesinos Torres, porque se trata de un condenado.
“En ninguna de esas dos circunstancias procedería la aplicación del sobreseimiento que por lo demás no es automático, si bien es rápido, complejo, y plenario porque participan los órganos judiciales, las procuradurías públicas y los abogados de las víctimas”, precisó.
También descartó que el DL 1097 sea confuso y ambiguo, porque todas las normas quedan a interpretación de los jueces.

“Ese es su papel (del Juez), interpretar y aplicar las normas, y es por eso que es útil la exposición de motivos, porque permite expresar la voluntad del legislador, y permite de alguna manera servir de carta de navegación para que el juez ubique exactamente el contenido de cada una de esas normas”, dijo.
En el caso del ex presidente Alberto Fujimori, señaló que no puede acogerse al DL 1097, porque el ex mandatario “no es un policía, militar, no es un procesado, es un condenado”.
Además, indicó que Fujimori no tiene derecho a ningún tipo de gracia presidencial, ya que por mandato expreso de la ley 28760 de fecha de 14 de junio de 2006 se prohíbe el otorgamiento del indulto de la amnistía y gracia presidencial por los delitos de secuestro.

“Fujimori está sentenciado en  abril de 2009 por homicidio calificado, lesiones graves y secuestro”, subrayó.

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